Derecho Migratorio

Plazos para Solicitar la Residencia Definitiva en Chile

Sebastián León Sánchez

Los plazos para postular a la Residencia Definitiva en Chile están regulados por dos normas fundamentales:

  • --Artículo 79 de la Ley 21.325 (Ley de Migración y Extranjería): Establece el marco general, los criterios que pueden aumentar el plazo hasta 48 meses y las circunstancias que permiten reducirlo hasta 12 meses.
  • --Artículo 65 del Reglamento: Desarrolla en detalle cada uno de los factores, fijando rangos específicos de meses según la situación particular del solicitante.

La regla general es clara: solo pueden postular los titulares de un permiso de residencia temporal que admita la postulación a la Residencia Definitiva. No todas las subcategorías migratorias lo permiten.

Plazo base: 24 meses de residencia temporal

El plazo mínimo general para postular es de 24 meses de residencia temporal en Chile. Este es el punto de partida que puede modificarse al alza o a la baja según los antecedentes personales del interesado.

Para acceder a este plazo base de 24 meses, el solicitante debe cumplir con las siguientes condiciones:

  • --Contar con medios de vida suficientes para su subsistencia y la de su grupo familiar.
  • --Demostrar estabilidad laboral durante al menos la mitad de los meses de residencia.
  • --No registrar ausencias del país superiores a dos meses (continuos o discontinuos).
  • --No tener infracciones migratorias ni al ordenamiento jurídico chileno.

Factores que aumentan el plazo

El Reglamento detalla cinco factores que pueden extender el plazo de residencia necesario, hasta un máximo de 48 meses:

Insuficiencia de medios de vida (hasta 36 meses)

Si los ingresos del hogar son inferiores al mínimo establecido por el Ministerio de Desarrollo Social y Familia para satisfacer las necesidades básicas de sus miembros, el plazo se extiende a al menos 36 meses.

El Servicio Nacional de Migraciones coordinará con dicho Ministerio para contar con información actualizada sobre los estándares de ingreso mínimo.

Estabilidad laboral (24 a 36 meses)

Se evalúa la realización de cualquier actividad económica lícita, autónoma o dependiente, que permita acreditar ingresos durante al menos la mitad de los meses de residencia temporal:

  • --Más de 12 meses con ingresos en un período de 24 meses: Se mantiene el plazo de 24 meses.
  • --Intervalos sin ingresos superiores a 12 meses (continuos o discontinuos): El plazo se extiende a 36 meses.

Nota: En caso de conflicto entre el criterio de medios de vida y el de estabilidad laboral, se aplica el de estabilidad laboral (numeral N° 2).

Ausencias del país (24 a 48 meses)

El tiempo fuera de Chile impacta directamente en el plazo requerido:

Meses de ausenciaPlazo de residencia requerido
2 meses o menos (continuos o discontinuos)Al menos 24 meses
Más de 2 hasta 6 meses (continuos o discontinuos)Al menos 30 meses
Más de 6 hasta 12 meses (continuos o discontinuos)Al menos 36 meses
Más de 12 meses (continuos o discontinuos)48 meses

Infracciones migratorias (30 a 48 meses)

Las infracciones del Título VII de la Ley 21.325, aplicadas mediante acto administrativo firme, aumentan el plazo según su gravedad:

Tipo de infracciónPlazo requerido
Una infracción menos grave (Párrafo I, Título VII)Al menos 30 meses
Reincidencia o dos o más infracciones menos gravesAl menos 36 meses
Una infracción grave (Párrafo II, Título VII)42 meses
Reincidencia o dos o más infracciones gravesAl menos 48 meses

Cuando exista un número igual de infracciones menos graves y graves, se aplica el plazo correspondiente a las infracciones graves.

Infracciones al ordenamiento jurídico (mínimo 36 meses)

Infracciones a la normativa laboral, de seguridad social, medioambiental, sanitaria, tributaria, aduanera u otra, siempre que se encuentren firmes y ejecutoriadas, implican un plazo de residencia no inferior a 36 meses, determinado caso a caso mediante resolución fundada del Servicio.

Causales de reducción del plazo

El artículo 66 del Reglamento faculta al Director Nacional del Servicio para reducir el plazo de residencia hasta un mínimo de 12 meses, previa solicitud del interesado, en los siguientes casos:

Vínculos familiares con chilenos o residentes definitivos

El vínculo debe acreditarse con documentos originales, debidamente legalizados o apostillados. Aplica tanto para las relaciones familiares descritas en el artículo 77 de la Ley 21.325 como para vínculos efectivos que el solicitante pueda demostrar.

Misiones oficiales realizadas en Chile

Se considera para disminuir el plazo solo cuando la misión oficial sea el fundamento del permiso de residencia temporal vigente al momento de postular.

Disponibilidad de rentas o pensiones

Aplica cuando el solicitante posee un permiso derivado de la subcategoría migratoria de jubilados y rentistas.

Inversiones o empresas en operación

Se requiere acreditar al menos:

  • --Antigüedad en operación efectiva de la empresa de por lo menos dos ejercicios anuales, o
  • --Inversiones desarrolladas de manera continua durante al menos 18 meses.

Aporte social, cultural, artístico, científico o deportivo

Se evalúa caso a caso. El solicitante debe exponer los argumentos y adjuntar los antecedentes que sustenten su aporte en estas áreas.

Acuerdos internacionales

Otros casos previstos en acuerdos internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Nota: Estas causales de reducción son independientes de la Residencia Definitiva por gracia que puede determinar el Ministro del Interior conforme al artículo 82 de la Ley 21.325.

Tabla resumen de plazos

SituaciónPlazo mínimoPlazo máximo
Regla general (cumple todos los requisitos)24 meses24 meses
Insuficiencia de medios de vida36 meses36 meses
Falta de estabilidad laboral (más de 12 meses sin ingresos)36 meses36 meses
Ausencias del país (según duración)24 meses48 meses
Infracciones migratorias (según gravedad)30 meses48 meses
Infracciones al ordenamiento jurídico36 mesesSegún resolución
Reducción por vínculos familiares, inversiones, aportes, etc.12 meses24 meses

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Si necesita asesoría sobre los plazos y requisitos para obtener su Residencia Definitiva en Chile, en Sánchez y León Abogados contamos con experiencia especializada en derecho migratorio. Contáctenos para una evaluación personalizada de su caso.

Publicado por Sebastián León Sánchez

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