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Calculadora de sueldo líquido y costo empresa

Calcule cuánto recibe el trabajador y cuánto desembolsa realmente la empresa por cada contratación. Con los indicadores previsionales de agosto de 2026 y las nuevas cotizaciones al Seguro Social de la Ley N° 21.735.

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Contrato

Jornada ordinaria máxima vigente desde abril de 2026 por la Ley N° 21.561. Baja a 40 horas en abril de 2028.

Haberes

Imponibles

Horas extra

Si el 25% de la remuneración supera el tope (IMM x 4,75)/12 = $219.115, se aplica el tope. De lo contrario, se paga el 25% de la remuneración.

No imponibles

Asignación familiar

Descuentos

Previsión

Salud

Otros descuentos

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Aviso legal: Esta herramienta entrega una estimación referencial basada en los indicadores previsionales y tributarios vigentes. No constituye asesoría laboral ni tributaria. Los resultados pueden variar según la situación particular de cada trabajador. Para un cálculo oficial, consulte con su empleador o un profesional del área.

Del sueldo líquido al costo empresa: lo que paga realmente cada contratación

Cuando una empresa ofrece una renta, suele negociar en bruto o en líquido; el número que golpea el presupuesto es un tercero: el costo empresa. Sobre la renta imponible, el empleador paga un 5,9 % adicional en un contrato indefinido y un 6,5 % en uno a plazo fijo, sin contar los haberes no imponibles que haya pactado.

Esta calculadora entrega las tres cifras a la vez: lo que recibe el trabajador, lo que se descuenta y lo que desembolsa la empresa. Está construida con los indicadores previsionales oficiales de agosto de 2026, incluidas las nuevas cotizaciones al Seguro Social que rigen desde ese mes.

Si usted contrata

  • Presupueste una nueva contratación con su costo total, no solo con el sueldo bruto.
  • Compare el costo de un contrato indefinido frente a uno a plazo fijo antes de decidir.
  • Traduzca a bruto la renta líquida que pide un candidato en una negociación.
  • Verifique que su sistema de remuneraciones aplique bien los topes y las nuevas tasas.

Si es trabajador

  • Sepa cuánto recibirá realmente antes de aceptar una oferta.
  • Entienda cada descuento de su liquidación, uno por uno.
  • Compare el efecto de cambiarse de AFP o de plan de salud.
  • Estime el impacto de un aumento de renta después de impuestos.

Qué compone el costo empresa

Estas cotizaciones son de cargo exclusivo del empleador: no se descuentan de la remuneración del trabajador y no aparecen en su liquidación, pero sí en el desembolso mensual de la empresa.

ConceptoTasaSe aplica sobre
Aporte del empleador a la AFP0,1 %Renta imponible con tope
Rentabilidad protegida0,9 %Renta imponible con tope
Expectativa de vida0,5 %Renta imponible con tope
Seguro de Invalidez y Sobrevivencia2 %Renta imponible con tope
Seguro de cesantía, contrato indefinido2,4 %Renta con tope de 135,2 UF
Seguro de cesantía, contrato a plazo fijo3 %Renta con tope de 135,2 UF

Los topes importan en las rentas altas. La parte que excede 90 UF ($3.678.639) no cotiza para AFP ni salud, y la que excede 135,2 UF ($5.526.134) no cotiza para el seguro de cesantía. Por eso el costo empresa no crece de forma proporcional al sueldo: a partir de cierto nivel de renta, el porcentaje efectivo baja.

La reforma previsional cambió el costo de contratar

Desde las remuneraciones de agosto de 2026 rige la nueva estructura de cotizaciones al Seguro Social de la Ley N° 21.735. El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia pasó a ser una prestación del Seguro Social con una tasa de 2 %, superior a la anterior, y se sumaron las cotizaciones de rentabilidad protegida y expectativa de vida.

Para el trabajador el líquido no varía, porque todas son de cargo del empleador. Para la empresa sí: cada contratación cuesta más que antes de agosto, y los presupuestos de dotación armados a comienzos de año quedaron cortos. Si tiene dudas sobre cómo aplicarlas, revise nuestro servicio de asesoría laboral para empresas.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto le cuesta realmente a la empresa un trabajador?

Bastante más que el sueldo bruto. Sobre la renta imponible el empleador paga, además de la remuneración, un 5,9 % adicional en un contrato indefinido: 0,1 % de aporte a la AFP, 0,9 % de rentabilidad protegida, 0,5 % de expectativa de vida, 2 % del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia y 2,4 % del seguro de cesantía. En un contrato a plazo fijo la carga sube a 6,5 %, porque el seguro de cesantía es de 3 % y lo paga íntegramente la empresa. La calculadora muestra ese costo total para que pueda presupuestar una contratación.

¿Qué cotizaciones son de cargo del empleador en Chile?

Son cuatro conceptos, ninguno de los cuales se descuenta del trabajador: el aporte del empleador a la AFP (0,1 %), las cotizaciones al Seguro Social de la Ley N° 21.735 por rentabilidad protegida (0,9 %) y expectativa de vida (0,5 %), el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (2 %) y el seguro de cesantía (2,4 % en contrato indefinido, 3 % a plazo fijo). A ellos se suma la cotización por trabajos pesados cuando el puesto está calificado como tal.

¿Qué cambió para los empleadores en agosto de 2026?

Desde las remuneraciones de agosto de 2026 rige la nueva estructura de cotizaciones al Seguro Social de la Ley N° 21.735: rentabilidad protegida 0,9 %, expectativa de vida 0,5 % y el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia, que pasó a ser una prestación del Seguro Social con una tasa de 2 %, superior a la que regía antes. El líquido del trabajador no cambia, pero el costo empresa por cada contratación sí sube, y conviene rehacer los presupuestos de dotación.

¿Cómo se calcula el sueldo líquido en Chile?

Se parte de la remuneración imponible y se restan los descuentos legales: la cotización de AFP, que según la administradora va de 10,46 % a 11,45 % e incluye la comisión; la cotización de salud, que es el 7 % en Fonasa o el valor del plan si es Isapre y supera ese 7 %; el seguro de cesantía, 0,6 % en contrato indefinido; y el impuesto único de segunda categoría, que se aplica sobre la renta ya rebajada de esas cotizaciones. Los haberes no imponibles, como colación, movilización y asignación familiar, se suman después y no pagan cotizaciones ni impuesto.

¿Cuál es el tope imponible en Chile en agosto de 2026?

Para las remuneraciones de agosto de 2026 el tope imponible de AFP y salud es de 90 UF, equivalente a $3.678.639. El del seguro de cesantía es de 135,2 UF, es decir $5.526.134, y el de los afiliados al antiguo sistema del IPS es de 60 UF, $2.450.687. La parte de la remuneración que supera cada tope no cotiza, lo que en sueldos altos reduce el costo empresa proporcionalmente.

¿La gratificación legal se incluye en el cálculo?

Sí, cuando la empresa la paga bajo la modalidad del artículo 50 del Código del Trabajo, que equivale al 25 % de lo devengado con un tope anual de 4,75 ingresos mínimos mensuales. Como el ingreso mínimo es de $553.553, el tope mensual de la gratificación es de aproximadamente $219.115. Es un haber imponible, de modo que aumenta la base de cotizaciones y, con ella, el costo empresa.

¿Los resultados de la calculadora sirven para liquidar sueldos?

Son una estimación fiable, construida con los indicadores previsionales oficiales de agosto de 2026, pero no reemplazan la liquidación que emite su sistema de remuneraciones ni la revisión de un profesional. Casos como remuneraciones variables, semana corrida, trabajos pesados, licencias médicas o descuentos judiciales requieren un análisis particular. Si necesita ordenar la política de remuneraciones de su empresa, escríbanos.

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